¿Qué es la Marea roja?


" La marea roja comienza cuando las personas desempleadas nos damos cuenta que nuestra situación no es temporal y tampoco lo es nuestra marginación.
Cuando percibimos que si nos movemos algo puede cambiar. Cuando nos damos cuenta que somos muchas y no tenemos nada que perder.
Cuando asumimos que tenemos mucho tiempo para actuar y ha llegado la hora de salir a escena. Que tiemble el sistema, pues la Marea roja ha iniciado su marcha."

viernes, 16 de noviembre de 2018

Carolines Baixes en proceso de Gentrificación - 2

El próximo sábado 17 de noviembre, en el marco de la campaña contra la gentrificación del barrio de Carolines Baixes tendrá lugar  un acto en el Hort Comunitari de Carolines. El acto, organizado por el Punt d´informació i Denuncia de Drets Social y la Mostra del Llibre Anarquista, comenzará a las once de la mañana, si la prevista lluvia no lo impide, y constará de una asamblea-debate de vecinas del barrio y a las trece horas la presentación del libro "Mundo en venta. Crítica a la sinrazón turistica".




En el Estudio “Barrios Vulnerables de las grandes ciudades españolas (1991–2001-2011” (al que se puede tener acceso pinchando el enlace que adjuntamos en la nota 1), el barrio de Carolines altes aparece como barrio vulnerable a partir de 2001 y el de Carolines Baixes a partir de 2011.
En el cuadro adjunto del informe de servicios sociales del ayuntamiento de Alacant de 2016 (ver nota 2) podemos ver que el 73% de la población de Pla-carolines tenía en 2016 dificultad para llegar a fin de mes.



Pero la situación de deterioro y vulnerabilidad de Carolines baixes viene de años antes, como sabemos las gentes que habitamos en él.

A esta situación de vulnerabilidad se suma un proceso de gentrificación que puede acabar por transformar el barrio en un espacio inhabitable.
El sociólogo Daniel Sorando y el arquitecto Álvaro Ardura enumeran en su libro "First we take Manhattan. La destrucción creativa de las ciudades" las cuatro fases del del desarrollo de la gentrificación:
  • abandono,
  • estigma,
  • regeneración,
  • mercantilización.
Fases que se están cumpliendo en nuestras calles.
El abandono tiene dos facetas, una institucional (el ayuntamiento lleva años ignorando este barrio y su inversión en él ha dejado muco que desear) y otra social (envejecimiento de la población, huida de vecinas hacia otros barrios con mejores dotaciones, sustitución por personas con menor poder adquisitivo, expulsión por desahucios con la llegada de la crisis).
El estigma aparece con el deterioro urbano (solares y viviendas abandonadas en espera del momento para hacer beneficio, la ocupación del espacio público por personas en situación de exclusión y/o dedicadas al tráfico de estupefacientes, la suciedad, el cierre de locales…), y contribuye a acelerar la gentrificación de la zona.
Durante estos dos periodos se da una inversión silenciosa por parte de ciertos poderes económicos, algo no plenamente confirmado pero que los datos apuntan a ello.
Las otras dos fases, se inician, casi en paralelo, cuando la zona empieza a tener visos de rentabilidad económica. Al principio la regeneración corre a cargo de las instituciones, mediante la inversión en dotaciones que generan interés a los inversores (el ADDA, Las cigarreras, El Marq, el Plan EDUSI; pero es llamativo que la dotación de mayor interés vecinal, El centro social, se haya instalado alejada de barrio).
La mercantilización es la culminación del proceso. Aún en fase inicial en nuestras calles, se está plasmando en la proliferación de pisos turísticos y amenaza con darle la puntilla al barrio.
Esta situación se debe a su cercanía con el centro de la ciudad y a la saturación de éste, como bien señala el articulo del Diario Información cuando afirma que "La turistificación que vive el centro de Alicante sí que está generando dinámicas muy peligrosas que no están siendo convenientemente analizadas y sobre las que el propio Ayuntamiento ni siquiera ha prestado atención. Numerosos comercios tradicionales del centro estarían viviendo un cierto proceso de «gentrificación comercial», desplazados por franquicias y establecimientos de hostelería, que está transformando la oferta comercial y de servicios para sus habitantes. Al mismo tiempo, el aumento creciente de alojamientos turísticos en inmobiliarias y a través de las nuevas plataformas tecnológicas de alquiler en Internet, procedentes de viviendas y pisos en la ciudad, está teniendo también un impacto extraordinario y muy acelerado sobre todo el centro de Alicante al provocar cambios en los residentes y en los usos de los espacios, sin que siquiera estemos tratando de conocer su evolución. Esperemos que cuando queramos hacerlo no sea demasiado tarde." (nota 3)
Circunstancia que se puede agravar si se aprueba el anteproyecto de ley de modificación de la Ley5/2014 LOTUP, que está tramitando el gobierno de la Generalitat y que, como bien indican desde Ecologistas en Acción en las alegaciones que han presentado, supone un abandono de la ciudad por parte de las instituciones, dejando al arbitrio del mercado la evolución de la misma.
En su alegación quinta (el texto completo se puede consultar pulsando el enlace que hay nota 4) podemos leer que <El artículo 184.3 legitima a cualquier persona para promover un programa de actuación aislada en una actuación de ejecución en sustitución forzosa del propietario del solar o de las viviendas sometidas a rehabilitación, en caso de incumplimiento de los plazos, y se abre todo un proceso de selección del agente edificador o rehabilitador por concurso. Si ese concurso fuera desierto se abre un proceso de venta e incluso de expropiación (art. 184.5). El artículo 186.3 afirma que cualquier persona está legitimada para formular un programa de actuación aislada, edificatoria o rehabilitadora, en sustitución del propietario, y pretender la adjudicación. A continuación se dice: “El agente edificador o rehabilitador contará con las prerrogativas y obligaciones del adjudicatario de los programas de actuación aislada y edificatorios y en lo no previsto, será de aplicación lo establecido respecto del agente urbanizador de actuaciones integradas, con las especificidades propias de los programas de actuación aislada.”>
Y finaliza dicha alegación con el siguiente párrafo: <En el caso de que un propietario no quiera participar en el proceso de rehabilitación, por no querer asumir los riesgos y beneficios de la misma, o añadimos nosotros por carecer de medios económicos para soportar la misma (art. 187.3) recibirá una compensación monetaria. Esa puede ser una de las vías para que la población más vulnerable sea desposeída y desalojada de sus viviendas y abrir así el paso al actual proceso de gentrificación de la ciudad.>


Notas:




miércoles, 7 de noviembre de 2018

El declive de los Derechos Humanos 1: La fragilidad del derecho de reunión

Bajo el título "El declive de los derechos humanos", en el diario Información de Alacant, se está conmemorando el 70 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos con una serie de artículos de opinión, publicados todos los lunes entre el 4 de octubre y el 20 de diciembre. La persona encargada se puso en contacto con Nano y le solicitó que redactara una de las columnas, que salió publicada el pasado lunes 5 de noviembre y que aquí reproducimos. Una abraçada, la redacció.





EL DECLIVE DE LOS DERECHOS HUMANOS

La fragilidad del derecho de reunión


Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.



Este derecho, como todos los que componen la Declaración Universal de los Derechos Humanos, surge en el contexto de la sociedad capitalista. Es también la expresión idealizada de la sociedad burguesa y su Estado de derecho donde todo es posible mientras no se cuestionen las reglas del Sistema capitalista y dentro de cada Estado las reglas de su sistema político. En él se considera a todas las personas como iguales, haciendo abstracción de las diferencias de poder, ocupación, riqueza y cultura. Igualdad que se desmorona cuando se aplica la ley, columna vertebral del Estado de Derecho.
En el Estado español, tras la muerte del dictador Franco en 1975, la firma en 1977 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y su posterior plasmación en el articulo 21 de la Constitución, este derecho se ejerció durante unos años con escasas cortapisas, rebasando incluso el marco legislativo (asambleas de estudiantes, de objetores de conciencia, de trabajadores en huelga... en este caso fue llamativa la huelga de la construcción de 1979 en Alacant y sus asambleas en el parque de Canalejas). Esta situación fue fruto de la debilidad de un gobierno dedicado a la construcción del andamiaje del “Estado democrático” y sobre todo de la presión ciudadana en las calles.
Con el triunfo electoral del PSOE en 1982 y la entrada de España en la UE en 1986, la regulación de los derechos y en concreto del que atañe a este artículo, fue una prioridad. La promulgación de la Ley Corcuera en 1992 restringió este derecho. La construcción europea y la aplicación del tratado de Maastricht exigían un encauzamiento rígido del mismo.
Tras años de luchas parciales (las del Movimiento de Resistencia Global, las de los estudiantes, las del derecho a la vivienda...), ante la constatación de que el sueño europeo era pesadilla plagada de precariedad, privatización de lo público, desempleo, encarecimiento de la vivienda... y tras la conmoción del sistema bancario surgió el 15M. Con él se liberó el ejercicio de este derecho mediante la desobediencia a la Ley de Seguridad Ciudadana que lo tenía enjaulado. Las plazas y las calles se llenaron de reuniones espontáneas para debatir los problemas concretos que atañen a las personas, de concentraciones para impedir desahucios, de manifestaciones que cambiaban los itinerarios prefijados o terminaban en asambleas que, sobrepasando el tiempo autorizado, analizaban la acción llevada a cabo.
Durante un tiempo la política, se convirtió en POLÍTICA, se trasladó a la calle, se desprofesionalizó. En las plazas no se hablaba solo de reivindicaciones posibles, se debatía sobre modelos de sociedad más cercanos y justos, se recuperaba la Utopía como guía y como arma de lucha, se aprendía a debatir y a respetar las opiniones de las personas, se practicaba el consenso.
Todo eso duró un tiempo, hasta que el “sistema democrático”, tras el desconcierto inicial, recondujo la situación con identificaciones y multas administrativas. No podía permitir que la ciudadanía ejerciera sus derechos de forma espontánea y libre. Después llegó el rearme para evitar que algo similar se repitiera: la Reforma del Código Penal y la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como ley mordaza. Sus despóticos efectos han llegado hasta hoy. El derecho de reunión pacífica quedó de nuevo enjaulado. Se pasó de la simple comunicación a las solicitudes de autorización, obligadas por la lluvia de multas impuestas a quienes, sin autorización, osaron reunirse para defender sus derechos.
Ahora todo se comunica aunque reuniones autorizadas, como las de octubre de 2017 en Alacant en apoyo al Proces Catalá, son acosadas y boicoteadas por la extrema derecha con la permisividad de la subdelegación del gobierno y la policía.
Este derecho, como muchos otros, queda bien en un papel, pero si cuestiona los pilares del sistema económico, basado en la propiedad privada y el lucro, o pilares políticos como la "indisoluble unidad de la Nación española", queda restringido.
El punto 2 del articulo 11 del Convenio para la Protección de los Derechos humanos y de las Libertades fundamentales, dice: “El ejercicio de estos derechos no podrá ser objeto de otras restricciones que aquellas que, previstas por la ley, constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, o la protección de los derechos y libertades ajenos” . La realidad es que hay diferentes formas de entender lo que es Seguridad nacional, Defensa del orden, etc. pero son los poderes económicos y políticos los que imponen su interpretación a la mayoría social, a través de múltiples mecanismos que serían objeto de otra reflexión.
Es llamativo que, a día de hoy, el gobierno no haya ratificado el protocolo número 16 de la Convención Europea de Derechos Humanos que establece la posibilidad de que los altos tribunales de los estados pidan opinión al Tribunal Europeo de Derechos Humanos antes de emitir una sentencia que pueda quebrantar derechos fundamentales protegidos por el Convenio Europeo, como ha ocurrido con cierta frecuencia.

Fernando Patón Villarroya
activista de Toma la Plaza Alacant-15M
(Este artículo surge tras la reflexión colectiva de la asamblea Toma la plaza Alacant-15M)