¿Qué es la Marea roja?


" La marea roja comienza cuando las personas desempleadas nos damos cuenta que nuestra situación no es temporal y tampoco lo es nuestra marginación.
Cuando percibimos que si nos movemos algo puede cambiar. Cuando nos damos cuenta que somos muchas y no tenemos nada que perder.
Cuando asumimos que tenemos mucho tiempo para actuar y ha llegado la hora de salir a escena. Que tiemble el sistema, pues la Marea roja ha iniciado su marcha."

viernes, 18 de octubre de 2013

ILP Estatal. Texto aprobado por el Movimiento contra el Paro y la Precariedad. Por una Renta Básica Ya

Iniciativa Legislativa Popular
POR LA RENTA BÁSICA ESTATAL


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

“No somos mercancías en manos de políticos y banqueros”. En las plazas de todo el Estado, han resonado durante el año 2011 estas palabras indignadas, expresando el hartazgo de la ciudadanía.
La crisis multiplica el número de damnificados por las políticas capitalistas y neoliberales. Ello ha supuesto que 5.977.500 de personas se encuentren en situación de desempleo según datos de la EPA del segundo trimestre de 2013; recortes sociales en sanidad, educación o de ayudas a la dependencia mediante menor asignación presupuestaria y privatizaciones, entre otras; y un preocupante aumento de la precarización de las condiciones laborales y los abusos ejercidos sobre los trabajadores.
La carencia de empleo y de ingresos constituye uno de los principales motivos de desahucios. Según el Consejo General del Poder Judicial, el número de desahucios (lanzamientos) en 2012 era de 101.034 y para 2013 estima que el 37,5% será motivado por ejecuciones hipotecarias y el 57,7%, ejecuciones de arrendamiento. Resulta inadmisible que en un estado democrático, social y de derecho a la vez que el uso y disfrute de una vivienda digna, el empleo en un trabajo digno y la garantía de suficiencia económica de las personas son constitucionalmente declarados, se consienta que simultáneamente existan situaciones en las que a las personas se les prive de ellos.
Mientas tanto, el Estado reflota a la banca inyectándole cantidades astronómicas de dinero público, los barrios se deterioran a marchas aceleradas, el número de personas que no disponen de ningún tipo de prestaciones sociales acrecienta a medida que se desarrolla el periodo de crisis, el fantasma de la pobreza infantil vuelve a asomarse en nuestra realidad cotidiana, aumentan las enfermedades mentales y suicidios, los comedores sociales y programas de alimentos se ven desbordados. Pobreza, paro, precariedad y marginación se anudan, limitando la libertad real de millones de personas y expulsándolas a la cuneta, a la exclusión social.
Junto a la pobreza conocida emergen nuevas formas de marginación y precariedad. En el Estado español, la tasa de personas en riesgo de pobreza y/o exclusión social es del 27% para el año 2011 según EUROSTAT. Casi la mitad de los jóvenes se encuentran en paro, condenados a vivir en casa de sus padres; la emigración acaba constituyendo la única perspectiva incluso para muchos jóvenes con titulación universitaria, emigración obligatoria que desde las tribunas del poder se atreven a afirmar, sin pudor alguno, que constituye una fortaleza para los jóvenes y para el conjunto del Estado.
En esta situación, las ayudas no contributivas y las correspondientes a rentas mínimas establecidas por las instituciones públicas, muy dispares entre los distintos territorios que conforman el Estado español, muestran descarnadamente su radical inadecuación a la realidad, se revelan insuficientes para la condición de habitabilidad digna de las personas y se terminan convirtiendo en una miserable carrera de obstáculos debido a su excesiva burocratización y a su condicionamiento a situaciones de emergencia límite que no cubren la situación de emergencia social generalizada.
A los que mandan se les llena la boca de palabras como pleno empleo, Estado del Bienestar o protección social. Y las leyes fundamentales, tales como la Constitución Española o los Estatutos de Autonomía establecen con solemnidad esos derechos sociales elementales, que en una gran proporción de los casos no son ejecutados por su supeditación a la supremacía económica. Ha llegado la hora de exigirles que cumplan las leyes y que sus hechos se compadezcan de sus bonitos discursos.
Toda la situación expuesta en este preámbulo supone una flagrante violación del Derecho a la vida expuesto en el artículo 15º de la Constitución Española y en el 3º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Por ello, de la unión de un gran número de personas ha surgido el “Movimiento Contra el Paro y la Precariedad. Por una Renta Básica Ya”, apoyado por distintos colectivos y movimientos sociales, para decir basta y exigir una respuesta urgente a esta situación. Consideramos que una de las primeras medidas a tomar es la implantación de la Renta Básica a nivel estatal. En esta propuesta se dan la mano la lucha contra la marginación social y la pertinencia de dar cauce a un nuevo derecho de personas, cuya reivindicación se ha ido asentando en los últimos años.
El nivel de pobreza que ha alcanzado el conjunto del Estado español se sitúa en el 13,7%, según datos de la OCDE, y no es previsible una mejora en el medio plazo. De su solución no deben encargarse las llamadas agencias de caridad, el sector privado, ni el tercer sector. De lo contrario, esta realidad debe ser entendida como una situación social y colectiva, de emergencia y estructural, de degradación de las condiciones de vida. En base a ello, es el Estado el responsable en su eliminación.
Así Renta Básica es un instrumento factible de erradicación de la pobreza, un mecanismo de reparto de la riqueza y distribución de la renta, que puede dar seguridad económica a la población frente a la incertidumbre y la arbitrariedad, permite iniciar otros modos de vida, fomenta la igualdad de género y contribuye a eliminar los estigmas sociales.
Estimamos que la Renta Básica puede ser un pilar del nuevo sistema de bienestar y un instrumento útil para defenderse del deterioro de las condiciones de vida que impone el capitalismo global. Pero, para que constituya una herramienta de transformación social, es preciso superar la manipulación que ha sufrido el concepto por parte de los poderes. La Renta Básica que defendemos no es una limosna, una prestación asistencial, ni un salario de pobres. No queremos una ayuda graciable, mangoneada por la administración de turno, sino un derecho inherente a la condición de personas. Consideramos la Renta Básica una propuesta para hacer justicia, no una medida para practicar la caridad pública, perpetuar los guetos y la segregación social. Defendemos el modelo de Renta Básica de las Iguales, modelo que vienen defendiendo diversos movimientos sociales tales como Baladre, así como otros modelos en los que trabajan un gran número de colectivos y movimientos del Estado español que vienen luchando por una Renta Básica como un derecho con las características de individualidad universalidad, e incondicionalidad (o no sujeto al mercado de trabajo) y que ha sido culminado por una Iniciativa Legislativa Popular autonómica llevada a cabo por la Plataforma Extremeña contra la Exclusión Social y los Campamentos Dignidad, contando con un gran consenso de la población.
Concebimos la Iniciativa Legislativa Popular por la Renta Básica como una herramienta para sacar de la intemperie a miles de personas, pero también para combatir el miedo y la desmovilización social. “No hay pan para tanto chorizo”, se ha gritado con rabia en las plazas. No hay dinero para saciar la codicia de los delincuentes de cuello blanco. Sí hay y debe haber recursos para garantizar una vida austera pero digna a todas las personas. Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente Iniciativa Legislativa Popular:


Artículo 1.

Derecho a la Renta Básica. Se establece el derecho de todo persona, por el hecho de haber nacido, a recibir una cantidad periódica que cubra sus necesidades básicas. La Renta Básica se constituye como derecho individual, universal e incondicional.

Disposición transitoria.

La cuantía de la Renta Básica será la equivalente al Umbral de la pobreza fijado en “el 60% de la mediana de la distribución de los ingresos por unidad de consumo adjudicados a las personas”, será de 645,33 euros mensuales correspondiendo al último dato expuesto por EUROSTAT (año 2011), tendiendo a equipararse en los años sucesivos al equivalente del mismo concepto.


Disposición Adicional Primera.

Aplicación gradual. Se establecen dos fases de implementación de la Renta Básica. Una primera fase que entrará en vigor de forma inmediata tras la aprobación de la presente Ley. Afectará a todas las personas domiciliadas en el Estado Español e inscritas en el Servicio Público de Empleo correspondiente a cada territorio, que no tengan cobertura por desempleo ni dispongan de otros ingresos. De la misma manera afectará a aquellas personas cuyas rentas, ya provengan de salarios, subsidios o pensiones públicas, sean inferiores a la cuantía de Renta Básica prevista en este texto, complementando los mismos hasta alcanzar la cuantía establecida para la Renta Básica.
En la segunda fase, se regulará la extensión de la Renta Básica como derecho universal, integrando pues al resto de personas.


Disposición Adicional Segunda.

Los poderes públicos promoverán la implantación de la Renta Básica en el ámbito del Estado Español y de la Unión Europea.

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